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Panamá - 950 € (Renovación = 320 €)
1. Situación Geográfica, Población, LenguasLa República de Panamá ocupa un territorio igual a 77 082 km ² y es comprendida entre Costa Rica (América Central) y Colombia (América del Sur). Panamá es bañado por el Pacífico y el Atlántico. La parte más estrecha del istmo separa América del Norte y América del Sur. La capital del país es Panamá situado al borde del Pacífico, a la desembocadura del Canal de Panamá. La población cuenta cerca de 2 400 000 habitantes entre los que 700 000 habitan la ciudad de Panamá. Cerca del 52 % viven en regiones citadaines. Español es la lengua oficial y hablada. En las ciudades hablamos también el inglés el que hacemos uso en el dominio de comercio, particularmente internacional. Así, Panamá es un país bilingue. 2. Descripción Histórica, Sistema Político y DerechoExplorado por Bastidas y Colomb en 1502, el istmo de Panamá fue colonizado por los Españoles en 1510; en 1513 fue atravesado por Balboa, el primero europeo a haber percibido el océano Pacífico. La ciudad de Panamá fue fundada en 1515, cien años antes de la llegada de los británicos de América del Norte para instalarse allí. Antes de 1821 Panamá fue colonia española, luego cayó bajo la dependencia de Colombia. En 1903 Panamá accedió a la independencia y se hizo la República. En virtud de la Constitución, Panamá es una República. El Poder Ejecutivo del Gobierno está constituido por el Presidente y dos Vicepresidentes, elegidos cada cinco años. Los ciudadanos que alcanzaron la edad de la mayoridad (18años) tienen el derecho y deben participar en las elecciones del Presidente y de dos Vicepresidentes elegidos a voto directo al sufragio universal. Tienen el derecho a votar por el nombramiento de dos Legisladores a la Asamblea Legislativa. El país está dividido en varias circunscripciones de 30 000 electores cada una para facilitar la campaña electoral. La Ley de Panamá reposa en el Código Civil español. La influencia del Comon Law es sensible, sobre todo en cuanto al Derecho de las Sociedades basado en el modelo de Delaware. 3. Economía e InfraestructuraLa ciudad de Panamá es unida a las ciudades más grandes de América Central, de Amerique del Norte y del Sur por líneas de navegación aérea. Panamá dispone de un sistema de telecomunicación magnífico y de excelentes servicios postales, los servicios correo regular incluidos. La Zona de Intercambio (The Colon Free Zone) se encuentra sobre el istmo de Panamá del lado del mar de los Caribeños a la desembocadura del Canal de Panamá que se echa en el Atlántico. La Zona de Intercambio Libre de Panamá, en cuanto a su importancia, ocupa el segundo lugar en el mundo después de Hong Kong. Las transacciones que pasan por la Zona de Intercambio Libre son reglamentadas por un acuerdo especial. Las importaciones procedente de otros continentes y las reexportaciones con destinación a otros países son exentas de impuestos panameño. Las rentas producidas por las reexportaciones gozan de facilidades fiscales. El Balboa, el equivalente del dollar americano, es la moneda nacional de Panamá libremente convertible, conforme al convenio entre ambos Estados firmada en 1904. 4. Incorporación de CompañíasEl Derecho de las Sociedades comprende los documentos siguientes:
La Sociedad de responsabilidad limitada y la Sociedad a colaboración limitada son las compañías tipos de comercio internacional y de inversiones. Los documentos legislativos y relativos a las sociedades deben ser redactados en español, la versión inglesa notariada adjunta. Las restricciones aplicables al comercio y a la actividad de negocios son siguientes: La sociedad no tiene el derecho a ejercerles alguna actividad relativa a los bancos, a los seguros, a la gestión de los trustes, los fondos, a las inversiones a los fondos, a los planes de inversiones colectivas o muy diferente actividad que tiene relación con las finanzas, con los trustes, con los seguros y con los bancos. La formalidad de registro de las sociedades consiste en lo que sigue: La presentación de artículos de incorporación de la sociedad al notario que debe crear un Acto público necesario para hacer inscribir la sociedad en el Registro Publico. Según el Derecho de las Sociedades panameño, no es obligatorio que la sociedad tuviera un oficio establecido en Panamá. Sin embargo, la sociedad debe nombrar a un agente residente de Panamá, un hombre de ley o una agencia jurídica. El libro del protocolos de la sociedad y el registro de las acciones que deben ser tenido conforme al Derecho de las Sociedades panameño, pueden ser almacenadas en todas los rincones del mundo. Es posible comprar una compañía totalmente hecha. Exigencias enfrente de la denominación:
La información sobre los directores debe ser accesible al gran público. Una corporación o una persona física puede asumir las funciones del director. Tres directores por lo menos son necesarios. El director puede ser una persona de toda nacionalidad, un residente o un no residente de Panamá. El director de una compañía panameña debe nombrar al Presidente, un secretario y el tesorero. Toda persona puede asumir estas tres funciones a la vez, salvo el director o uno de los accionistas. Es necesario nombrar a un secretario, una persona física o moral de toda nacionalidad. No es obligatorio que el secretario sea residente de Panamá. Toda sociedad de Panamá debe tener un accionista por lo menos y los nombres deben ser públicos. Sin embargo, los accionistas pueden ser unas personas habilitadas. El Derecho de las Sociedades panameño no exige la presentación de la información detallada sobre los cambios en la lista de los accionistas intervenidos después de la incorporación. El importe del capital estatutario en acciones es igual a $10 000 US divididos en 100 acciones, a derecho de voto y a valor nominal de $100 US cada una o en 500 acciones a derecho de voto sin valor nominal. El capital puede ser extendido en todas divisas convertibles. El capital mínimo emitido es igual o sea a una acción sin valor nominal, o sea a una acción a valor nominal. Las acciones sin derecho de voto, privilegiadas, al portador y nominativas pueden ser emitidas. Las acciones al portador deben ser totalmente liberadas. 5. Impuestos y Tarifa AnualEl índice de la tasa depende del territorio. Si la sociedad ejerce su actividad de asuntos fuera del territorio de Panamá los impuestos no son tomados sino la sociedad debe pagar la franquicia anual a concurencia de 150 US por razones de prestigio. No necesita presentar el informe anual si la renta es producida fuera de Panamá. Los informes financieros u otros documentos financieros deben ser presentados sólo si llega el caso. 6. Honorarios
Para más informaciones, ponerse en contacto a Contact@express-offshore.com
Contestamos a sus preguntas en MSN: We can
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